Desde el Gobierno dice que “es una norma superadora y que no hay restricciones individuales”.
“En términos reales, si haces bien las cuentas, hoy cuesta menos dinero para los extranjeros tener la residencia temporal, o ser rentista. El objetivo fue actualizar la norma que no se tocaba desde 2016. No hay animosidad contra la población rusa ni ninguna otra nacionalidad”, de uno Clarín funcionario de la Dirección Nacional de Migraciones.
Desde hace 72 horas, radicarse en la Argentina como “rentista” no es un sencillo ni económico como era antes. La Dirección Nacional de Migraciones formalizó la actualización de los montos mínimos para acreditar como residente temporal o rentista por residir legalmente en el país.
“El rentista es una categoría menor migratoria, muy poco solicitada -puntualiza el funcionario- En la Argentina el 95 por ciento de la población migrantes es de América del Sur, que cuenta con la categoría ‘Mercosur Nacional’. El 5 por ciento restante se lo reparten inversionistas, pensionados, asilos y refugiados, artistas y deportistas, religiosos de cultos reconocidos, estudiantes y rentistas”.
Nótese la fuente que “sólo se trata de una medida que actualiza una disposición del año 2016, que imponía para entrar al país una renta mensual de $30,000 pesos de entonces, es decir 2,140 dólares”.
Aquella disposición de 2016 “actualiza una anterior, de 2010, cuando se requiera $8.000, o sea unos 2.000 dolares para hacerse acreedor de una residencia temporaria. Esos valores quedaron desactualizados y Hoy para ingresar al país y ser rentista se piden $440,000, que al cambio oficial de hoy está en el orden de 1,730 dólares, es decir menos que hace trece años. Y para una persona que viene a la Argentina a vivir de rentas, no es para nada descabellado”.
El funcionario de Inmigración remite al artículo 23, inciso b, de la política migratoria argentina, que manifiesta que “el rentista debe solver su estadía en el país con recursos propios traídos desde el exterior, de las rentas que estas producirán o de cualquier otro ingreso lícito providencia de fuentes externas”.
“Acá no hubo un cambio de reglas, no se trata de perjudicar a nadie -enfatizan desde Migraciones-, sino que se trata de una medida qu’ordena los valores y el procedimiento normativo. Era ridículo continuar con la norma de 2016, que pedía una renta de 30 millones de pesos, entonces nuestro basamos en 5 salarios mínimos, vitales y móviles ($87,987) como valor de referencia”.
Otra modificación que se actualiza en la no vigenterm, es el artículo 4: “En forma previa a la concesión del beneficio -la residencia temporaria-, el interesado deberá verificar el ingreso al país de los fondos necesarios en relación al tiempo de residencia solicitadapor intermedio de instituciones bancarias o financieras autorizadas por el Banco Central argentino, y mediante los mecanismos vigentes y autorizados por dicha entidad”.
Respecto a este punto, el funcionario apunta “a una problemática que era habitual en el rentista, que decía contar con el dinero requerido, pero se excusaban de depositarlas en la Argentina. Entonces ahora se ordenó con un instrumento monitoreado por el Banco Central, que con un pasaporte legal para persona migrante no Mercosur permitirá abrir una caja de ahorro y, con todo esto aprobado, se concede la residencia”.
Una vez que toda la documentación ha sido aprobada y la Dirección Nacional de Migraciones otorgue la residencia, “el tiempo de permanencia en la Argentina es por un año pero se puede prorrogar por otros doce meses siempre que verifique el cumplimiento de los requisitos. Esta acción puede repetirse hasta tres veces”.
“No hay consecuencias negativas contra quien quiera con dólares a residir en Argentina. Sin entender la susceptibilidad de los ciudadanos rusos, me parece más un agite que otra cosa. La verdad es que nos sorprende”.
“Acá no hay más restricciones hacia la persona, sino que se actualizó algo que estaba muy lejos de los valores de la actualidad. Pero no se cambió nada de un día para el otro. Cuando se tenga que renovar o prorrogar la residencia, se tendrá que cumplir con la nueva disposición. Puede haber cuestiones técnicas que se escapen, pero la norma es moderna y superadora”.
PD